noviembre 22, 2024

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Sorpresa de jubilación: el aumento del 5% de diciembre se acreditará en la cuenta


Fernandes Roverta, director gerente de Ances, defendió hace unos días en el Congreso el plan de acción ejecutivo. Crédito: Prensa de HCDN

El Poder Ejecutivo envió al Congreso el plan de movimiento de pensiones en firme. Hay una sorpresa en el texto. Los planes del gobierno Descuentos para jubilados, Cuando los activos aumentan en marzo de 2021, El 5% se pagará el próximo mes Según orden emitida por Orden 899 publicada en el Diario Oficial el pasado miércoles. De esta forma, el incremento del último mes de este año no será realmente mucho mayor que este Antes de la reestructuración que se entregará en 2021 No es una actualización real antes de implementar el nuevo modo para calcular actualizaciones.





Que surge El texto de la factura, Hoy dio a conocer a Marcelo Cassetto (Frende de Dodos-Entre Ríos), vicepresidente de la Comisión Mixta, que se encargó de analizar el tema. La nueva versión de la iniciativa incluye un artículo titulado “Reglas complementarias e interinas” que indica que el coeficiente de moción previsto en el artículo 1 de esta Ley se determinará a más tardar en marzo de 2021, y se adjudicará el resultado. La diferencia entre el uso de la fórmula aprobada para el aumento y el porcentaje asociado a diciembre de 2020 Ordenado por el Ejecutivo Nacional al amparo del Artículo 55 de la Ley 27.541 “.

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La fórmula por la que el Poder Ejecutivo quiere ser aprobada por el Congreso Se divide por el monto de las prestaciones y la evolución de los salarios formales según el índice de Ripte con base en la varianza en la recaudación de los recursos tributarios asignados a los Ances. Para determinar el porcentaje de marzo, consideraremos qué sucedió con las variables en el segundo semestre de este año. Pero en 2021, si se aprueba la regla anterior, los resultados del cálculo se descontarán del aumento a partir del próximo mes de diciembre. Luego, se usaría un tope para determinar la reestructuración de septiembre (habría dos a lo largo del año) de modo que la varianza de la suma de los incrementos de marzo y septiembre no exceda el 3%, la acumulación total de recursos de Ances durante el período de doce meses.


Fuentes gubernamentales asesoradas Nación Señalaron que el descuento esperado del porcentaje ofertado en diciembre estaría en línea con la nueva fórmula por medio año y por lo tanto “los activos en marzo se renovarán para el período de octubre de 2020 a marzo de 2021”. Por tanto, según la interpretación, “ya se pagó la analogía del cuarto trimestre de este año”. Por ello, las fuentes señalaron que “este incremento en diciembre será el que será en marzo”.

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Plan oficial de cambios en el sistema de pensiones El anuncio se hizo en la noche del 9 de noviembre mediante un comunicado del Ministerio de Economía, pocas horas antes de que funcionarios del FMI iniciaran su visita al país. Unos días después, en la citada reunión de la comisión, cuando lo presentó el director gerente de Annesas, Fernando Roverta, los legisladores del oficialismo aprobaron un comentario (sin cambiar nada sobre la iniciativa desde la economía) y enviaron el texto al Poder Ejecutivo, que ahora es definitivo para que los legisladores lo aprueben en los próximos días. Versión enviada.

El artículo 55 de la Ley de Emergencia Económica faculta al Poder Ejecutivo a ordenar una orden de incremento trimestral de 180 días suspendiendo la aplicación de la fórmula aprobada a fines de 2017. Luego, por orden de necesidad y urgencia La suspensión se extendió hasta el 31 de diciembre. El texto vuelve a mencionar ese atributo otorgado al presidente Alberto Fernández, pero se eliminó la palabra “cuarto” y no se hizo referencia a la frecuencia a elevar.

Hace unos días, un fallo de la Cámara Federal de Parán, en un caso, declaró la inconstitucionalidad de las órdenes levantadas en marzo y junio de este año porque se suspendió el movimiento por subir menos de los porcentajes elevados. Los jueces Madio Busaniche y Beatrice Estella Aranguren, quienes se refirieron al caso de “Cabrera, Pícaro Agapito vs. Ances sobre diversas reformas”, también mantuvieron el principio del movimiento al suspender el orden de urgencia.

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